• Ir a navegación principal
  • Ir al contenido principal
  • Ir a la barra lateral primaria
  • Ir al pie de página

El Rincón Jurídico

  • Blog
  • Quiénes somos
  • Contactar

Qué hacer en las primeras 48 horas tras un accidente de tráfico

¿Qué debemos hacer justo después de un accidente de tráfico? En las primeras horas lo que menos piensas es en reclamar, pero saber reaccionar condiciona buena parte de la indemnización.

No hace falta ser abogado para protegerse. Basta con saber qué recoger, a quién avisar y en qué plazos. Eso sí, si hay lesiones de por medio, lo más sensato es acudir a un abogado en Vitoria antes de que la aseguradora fije su posición, porque después es mucho más difícil dar marcha atrás.

 

Lo primero: dejar constancia

Antes de mover los vehículos, conviene hacer fotografías: la posición final de los coches, los daños de ambos, las marcas de frenada, la señalización y el estado de la vía. Es el material que permite reconstruir cómo ocurrió todo cuando las dos versiones no coinciden.

Si alguien ha presenciado el accidente, pide su nombre y su teléfono. Casi nadie lo hace y es justo lo que más se echa de menos meses después.

La declaración amistosa (el famoso parte amistoso) solo se rellena si hay acuerdo sobre lo ocurrido. Si no lo hay, no se firma. Firmarlo no significa reconocer la culpa, pero lo que se escribe en las casillas y en el croquis pesa mucho después, así que hay que leerlo entero y quedarse con una copia.

Y cuando hay heridos, discrepancia sobre lo sucedido o sospecha de alcohol o drogas, hay que llamar a la Policía Local o a la Guardia Civil. El atestado es una prueba de peso y no se puede conseguir después.

Las primeras 72 horas son decisivas

Aquí es donde se pierden más reclamaciones, y merece la pena entender por qué.

La ley estableció unos criterios para las lesiones de menor entidad, esas que no se aprecian en pruebas médicas objetivas. Uno de ellos es el criterio cronológico: los síntomas tienen que aparecer y quedar recogidos en un informe médico dentro de las 72 horas siguientes al accidente.

¿Qué significa esto en la práctica? Que si te duele el cuello tres días después y acudes entonces al médico, la aseguradora tiene un argumento sólido para negar que ese dolor tenga que ver con el golpe. No es que la compañía se ponga difícil: es lo que dice la norma.

Por eso, ante cualquier molestia, acude a urgencias y guarda el informe. Ese papel es el que une la lesión con el accidente. Y después, no abandones el seguimiento médico a mitad, porque los días de curación se acreditan con documentación clínica, no con lo que uno cuente.

Sin informe médico dentro de las primeras 72 horas, la aseguradora puede negar que la lesión tenga relación con el accidente.

Ten en cuenta los plazo

La Ley de Contrato de Seguro, da siete días para comunicar el siniestro a tu propia compañía, salvo que la póliza indique un plazo mayor. Al dar el parte, cíñete a los hechos: ni especules sobre quién tuvo la culpa ni adelantes el alcance de unas lesiones que todavía no conoces.

Después entran en juego otros dos plazos. Antes de acudir al juzgado hay que dirigir una reclamación previa a la aseguradora del responsable, que además interrumpe la prescripción. Recibida esa reclamación, la compañía tiene tres meses para presentar una oferta motivada de indemnización o explicar por qué la rechaza.

Y el plazo para reclamar es de un año, que no se cuenta desde el día del accidente, sino desde que las lesiones se han estabilizado y se sabe con qué secuelas se queda uno.

Las aseguradoras suelen llamar pronto con una propuesta de cierre. Puede ser razonable, pero también puede quedarse corta si aún no se sabe cómo van a evolucionar las lesiones. Y una vez firmado el finiquito, el asunto queda cerrado aunque después aparezcan complicaciones.

Si el accidente ha dejado lesiones o la culpa se discute, conviene que alguien revise el expediente antes de que la compañía marque el terreno. En AFP Abogados trabajan precisamente estos asuntos, además de derecho civil, laboral, penal y administrativo. Tienen el despacho en pleno centro de la ciudad, en San Prudencio Kalea, 23, 01005 Vitoria-Gasteiz, Araba, y se puede concertar una primera consulta llamando al 626469718.

Interacciones con los lectores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Barra lateral primaria

Compartir

  • Correo electrónico
  • Facebook
  • LinkedIn
  • Twitter

Categorías

Entradas recientes

  • Qué hacer en las primeras 48 horas tras un accidente de tráfico
  • Compartir fotos sin consentimiento
  • ¿Qué hacer si te citan como investigado?
  • ¿No tienes convenio regulador? Así puedes conseguir la custodia legal de tus hijos

Etiquetas

abogados contrato de trabajo demanda derecho despido Impuestos indemnización inocente legal marketing oposiciones prueba reclamación seguridad social tasas trabajador

Seriedad y profesionalidad

Nuestro blog está elaborado por expertos en Derecho
y su contenido es veraz e imparcial.

Footer

Legal

  • Política de cookies
  • Aviso legal
  • Política de privacidad

Mapa del sitio

  • Inicio
  • Blog
  • Contacto

Nosotros

  • Quiénes somos
  • 📍Salamanca, España
Actividad Subvencionada por la Orden de 22 de octubre de 2021, de la Consejería de Empleo e Industria de la Junta de Castilla y León.

© El rincón jurídico • Todos los derechos reservados