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Los tipos de indemnización

tipos de indemnización

Hay muchos tipos de indemnización, la más conocida es la indemnización por despido. Una indemnización es un pago que una empresa realiza a un trabajador en concepto de despido o finalización del contrato. Normalmente se relaciona con los daños o perjuicios que le ocasiona al trabajador dejar la empresa.

Indemnización por despido

Las indemnizaciones que tiene derecho a percibir un trabajador en caso de despido dependen de la calificación judicial del mismo y de los motivos que lo impulsan. Así, dependiendo de la calificación del despido, el trabajador tendrá derecho a 45/33 días o 20 días de salario por año trabajado.

Clases de despido

  • Despido objetivo o colectivo: se basa en unas causas fijadas por ley (motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción). Se fija una indemnización de 20 días por año trabajado, artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Despido disciplinario: a causa de un comportamiento grave del trabajador y la empresa le sanciona con el despido. No tiene derecho a indemnización.
  • Si el contrato se extingue por voluntad del trabajador pero por las causas que recoge el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, le corresponde una indemnización como si de un despido improcedente se tratase.

Calificación del despido

  • Procedente: el despido se ajusta a la ley. El trabajador no tendrá derecho a indemnización.
  • Improcedente: el despido no está justificado. Al trabajador le corresponde una indemnización de 45 o 33 días por año trabajado. Hasta el 12 de febrero de 2012 se aplicará una indemnización de 45 días y a partir de esa fecha 33 días.
  • Nulo: el despido no se ajusta a la ley y además es discriminatorio. La empresa deberá readmitir al trabajador y pagarle los salarios de tramitación.

«Despido improcedente = 45/33 días de indemnización, despido procedente = no hay indemnización; despido nulo = readmisión.»

Por fin de contrato

El artículo 49.1 apartado C del Estatuto de los Trabajadores hace referencia a la finalización de los contratos (por expiración del tiempo convenido o la realización de la obra o servicio objeto del contrato).

Cuando finalice el contrato temporal, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de 12 días de salario por año de servicio, salvo en los casos del contrato de interinidad y de los contratos formativos.

Cálculo de la indemnización

La indemnización depende de tres factores: el salario del trabajador, su antigüedad y el tipo de despido o extinción de la relación laboral.

Lo primero que hay que calcular es el salario diario (incluyendo las pagas extraordinarias si no se tienen prorrateadas); después los años trabajados y finalmente aplicar la indemnización correspondiente.

Fórmula Indemnización = nº de días de la indemnización x salario diario x años trabajados.

El Consejo General del Poder Judicial ha puesto a disposición en su página web una herramienta para calcular fácilmente el importe de las indemnizaciones por extinción de la relación laboral.

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. Angel Alvarez dice

    25/07/2019 en 03:37

    Mi contrato era por dos años, ingrese el 12 de julio de 2017 y el 05 de julio de 2019 me llega la terminación de contrato sin una sola explicación.
    Entiendo perfectamente que si me iban a terminar el contrato debían notificarme con 30 días de anticipación, es decir el 11 de junio de 2019 pero no fue así.
    También entiendo que el 12 de junio automáticamente se prolonga el contrato si no hay notificación de terminación a la fecha.
    Que tipo de indemnización incurre aquí?

    gracias.

    Responder
  2. Angel Alvarez dice

    25/07/2019 en 03:34

    Mi contrato era por dos años, ingrese el 12 de julio de 2017 y el 05 de julio de 2019 me llega la terminación de contrato sin una sola explicación.
    Entiendo perfectamente que si me iban a terminar el contrato debían notificarme con 30 días de anticipación, es decir el 11 de junio de 2019 pero no fue así.
    Que tipo de indemnización incurre aquí?

    Responder

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