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La indemnización por accidente de tráfico sin baja laboral

 indemnización por accidente de tráfico sin baja laboral

Cuando se tiene un accidente de tráfico dependiendo de las lesiones puedes estar en situación de incapacidad temporal (baja laboral) o no.

¿Si las lesiones que tenemos no dan lugar a una baja laboral, puedo reclamar igualmente la indemnización? ¿o no tengo derecho a ella? La respuesta es positiva. Existe la indemnización por accidente de tráfico sin baja laboral.

La Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (LRC) diferencia, entre otras, la indemnización por secuelas y la indemnización por lesiones temporales.

Los artículos 93 a 133 de la LRC regula las indemnizaciones por secuelas. Tienen derecho a ser resarcidos quienes padezcan secuelas a consecuencia de un accidente de circulación.

La indemnización por secuelas se determina y cuantifica distinguiendo tres tipos de perjuicio: el personal básico, perjuicio personal particular y el perjuicio patrimonial (lucro cesante y daño emergente).

La indemnización por lesiones temporales: artículos 134 a 143 LRC. Quienes resulten heridos en un accidente de tráfico, durante su proceso de curación.

Son aquellas lesiones que padece el lesionado desde el momento del accidente hasta el final del proceso curativo o hasta la estabilización de la lesión y su conversión a secuela.

Indemnización por accidente de tráfico sin baja laboral

En este caso nos centraremos en la indemnización por lesiones temporales. La Ley diferencia tres tipos de perjuicio:

  • Perjuicio personal básico: indemnización por día 30,08 euros (Recogida en la tabla 3.A de la LRC). Consiste en el daño moral común que padece cualquier persona desde el momento del accidente hasta la finalización del proceso curativo o estabilización de la lesión (secuela).
  • Perjuicio personal particular: determinado el perjuicio personal básico, hay que individualizarlo para ajustarlo a las circunstancias concretas del lesionado.
    • Pérdida temporal de la calidad de vida (muy grave, grave y moderado) Tabla 3.B de la LRC.
    • Intervenciones quirúrgicas
  • Perjuicio patrimonial (daño emergente y lucro cesante): son los gastos o merma de ingresos.

Cómo se calcula la indemnización

Respecto a la indemnización por lesiones temporales se asigna un valor por cada uno de los días que dura el proceso de curación, que es lo que se conoce como perjuicio personal básico.

Determinado el perjuicio básico, se individualiza teniendo en cuenta las circunstancias del lesionado. Y por último, el lesionado tiene derecho a ser resarcido por el daño patrimonial sufrido.

La ley no hace referencia en ningún momento a los días de baja laboral. El baremo no exige que el accidentado no pueda acudir a su puesto de trabajo para tener derecho a la indemnización por días moderados (perjuicio particular moderado) sino que basta con que el lesionado se vea limitado para realizar una parte de las actividades propias de su ocupación laboral para que se cumpla con lo recogido en la normativa.

«La ley no exige que el lesionado no pueda acudir a su puesto de trabajo para tener derecho a la indemnización por días moderados. «

Si se tiene un accidente con lesiones temporales, la postura de las aseguradores suele ser considerar los períodos curativos como un perjuicio personal básico e indemnizarlos con 30,08 euros diarios en los supuestos de que no exista baja laboral.

Pero la indemnización puede pasar de los 30 euros a los 52 euros diarios si se estima que concurre un perjuicio particular moderado durante todo o una parte del periodo de sanidad.

En un accidente de tráfico se pueden sufrir lesiones que nos incapaciten para realizar las tareas básicas de la vida diaria, pero sin necesidad de tener una baja laboral. Y a efectos de la indemnización a percibir se debe considerar como periodo de incapacidad e indemnizarse igual que si se estuviera de baja laboral.

Será necesario tener documentación médica muy exhaustiva, y que recoja el periodo en el que el médico considera que no podemos hacer nuestra vida normal, y sobre todo en el caso de que nos queden secuelas.

Para cobrar la indemnización por perjuicio personal básico con acreditar la asistencia al centro de rehabilitación es suficiente.

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. Fernando dice

    08/09/2023 en 09:52

    Hola,

    Tuve un accidente de coche en julio (me dieron por detrás). Desde la Seguridad Social me derivaron al Quiron, en donde estoy realizando la fisioterapia. El traumatólogo del Quirón me ha dado este miércoles 10 sesiones más de fisio (hasta octubre), pero hoy la traumatóloga de Mapfre (entiendo que el seguro contrario) me ha dado el alta médica porque no vio nada en la exploración. ¿Cómo tengo que hacer con la indemnización? ¿Me cobrarán a mi las 9 sesiones de fisio que me quedan desde el alta médica?

    Muchas gracias

    Responder
    • El Rincón Juridico dice

      16/09/2023 en 10:56

      Hola,
      Una cosa es que te den el alta médica y otra que estés recuperado de forma total de las lesiones del accidente. Si el fisio te ha mandado más sesiones, todas ellas entran dentro de la indemnización por el accidente de tráfico y esos días forman parte del tiempo de recuperación.
      Saludos

      Responder
      • Samira dice

        30/05/2024 en 13:23

        Buenas tardes. En 2020 tuve un accidente de coche y estuve de baja diez meses por latigazo cervical y atrapamiento en el nervio cubital. Nadie me habló de indemnización ni de ir a Quirón. La persona que me golpeó me hundió la puerta del coche sobre el brazo izquierdo y tuvieron que hacer palanca para sacarme. A día de hoy tengo secuelas. Aún puedo hacer algo?

        Responder
        • El Rincón Juridico dice

          09/11/2024 en 13:05

          Hola,
          Para reclamar una indemnización por las lesiones y los daños materiales hay un año desde que te dan el alta médica. Si aun sigues con lesiones y recuperándote, estarías dentro del plazo pero si te dieron el alta por curación después de los diez meses de baja, ya se pasó el plazo para reclamar.
          Saludos

          Responder
  2. Carlos dice

    22/08/2023 en 17:19

    Hola, sufrí un accidente con otra persona en el vehículo, estabamos parados y nos impactaron fuertemente por detrás. La otra persona está siendo guiada por el médico de cabecera desde el accidente por dolor en el pecho ( no puede realizar rehabilitación de momento) en mi caso estoy realizando rehabilitación por cervicalgia pero unos días fue pausada mi asistencia porque coincidía con vacaciones que no podía mover. Se cuentan solo los días de rehabilitación o también los intermedios que no pude asistir al centro?
    Saludos

    Responder
    • El Rincón Juridico dice

      29/08/2023 en 11:14

      Hola,
      Cuenta todos los días, desde que se produce el accidente hasta que te dan de alta por recuperación.
      Saludos

      Responder
  3. Patricia dice

    18/07/2023 en 11:23

    Hola.yo era copiloto, hemos tenido un accidente por atras,asumió la culpa,estoy en rehabilitación por latigazo cervical.estoy cobrando paro,como se compabiliza mi indemnización. No estoy de baja.

    Responder
    • El Rincón Juridico dice

      16/09/2023 en 11:31

      Hola,
      Si no estás de baja, se contarían como días básicos para calcular la indemnización. De todas maneras. me faltan datos y si aún estás en rehabilitación no sabes qué secuelas te han podido quedar o cuándo estarás recuperada del todo.
      Saludos

      Responder
  4. Deborah dice

    13/07/2023 en 09:43

    Buenos días
    Hay algo que no me queda muy claro.
    Cuando te refieres a que son 30€ por día (si no hay baja laboral) son por cada día contando desde que has ingresado en urgencias hasta que te dan el alta médica del accidente, o son sólo por los días que vas a fisioterapeuta?

    Gracias

    Responder
    • El Rincón Juridico dice

      08/08/2023 en 11:07

      Hola,
      Son los días hasta que te dan el alta médica o hasta que estés recuperado del todo. Las aseguradoras lo que suelen hacer es intentar negociar y reducir estos días e incluir solo los días que has ido al fisio, por ejemplo. Normalmente, es algo que tienes que negociar.
      Saludos

      Responder
  5. Jon dice

    07/07/2023 en 22:10

    Hola me an dado un golpe por detrás . Mi pregunta es estado en urgencias mi pareja y yo con dolor de cuello los dos y espalda y mi pareja también embarazada. En el parte médico porque te nos duele la zona cervical a tocarnos nada más. No pone que tengamos lesiones ni nada. Con ese papel del médico se podría pedir una indemnización.

    Responder
    • El Rincón Juridico dice

      08/08/2023 en 11:08

      Hola,
      Sí, podrías solicitar una indemnización por esos daños causados.
      Saludos

      Responder
  6. Maria dice

    07/04/2023 en 14:59

    Hola,e tenido un accidente de coche y yo iba de copiloto,me están dando rehabilitacio llevo 2 semanas tengo latigazo cervical y una mano quemada.Cuanto me pertenecería de indemnización? Gracias.

    Responder
    • El Rincón Juridico dice

      09/04/2023 en 18:18

      Hola,
      Hasta que no estés recuperada, no se puede calcular la indemnización porque no se sabe el alcance de las lesiones.
      Saludos

      Responder
  7. Carolina dice

    09/02/2023 en 16:09

    Buenas tardes,
    Me han dado un golpe con el coche, tengo cervicalgia y estoy en paro. Necesito saber si debo ir al médico de cabecera ,a por la baja para presentarla en el paro o ésto no influye.

    Gracias

    Responder
    • El Rincón Juridico dice

      17/06/2023 en 16:37

      Hola,
      Puedes solicitar la baja en el médico para evitar que te lleguen ofertas de trabajo desde el SEPE durante el periodo de baja.
      Saludos

      Responder
  8. javier lozano dice

    04/01/2023 en 17:12

    hola, sufri un accidente de trafico al golpearme por atras, con dolores en el cuello y espalda me mandaron rehabilitacion y al he estado haciendo en el centro que me pusieron en total he estado aproximadamente 70 dias desde el dia del accidente hasta el dia que me han dado el alta, cuanto me corresponde de indemnizacion, durante este periodo no he estado de baja laboral.

    Responder
    • El Rincón Juridico dice

      04/01/2023 en 18:39

      Hola,
      Si ni has estado de baja laboral, se consideran días básicos y se cobra 32,91 euros por día. Tienes que calcular todos los días que has tenido rehabilitación para saber cuánto te corresponde de indemnización.
      Saludos

      Responder
  9. Tolo dice

    29/12/2022 en 12:53

    Tuve un accidente de trafico el dia 15/11, el 23/11 empecé ls rehabilitacion por una cervicalgia y una lumbalgia postraumatica con mareos,cefaleas,mialgias, limitacion de movimientos dolor lumbar, cervical, contractura y rigidez.
    Hoy dia 29/12 me dieron el alta, que me correspondería de indemnización?

    Responder
    • El Rincón Juridico dice

      30/12/2022 en 19:42

      Hola,
      Pues depende si has estado de baja o no. Si te ha quedado alguna lesión o perjucio, etc. Nos falta información para poderte indicar una cantidad.
      Saludos

      Responder
  10. Carlos dice

    25/09/2022 en 18:20

    Me atropellaron en un paso de cebra. Estuve 45 días sin salir de casa por las lesiones. Me operaron de rotura clavícula y también estuve 10 días sin salir. Y después me han operado de una osteotomía en la rodilla y llevo 30 días en cama y con silla ruedas por casa porque no puedo pisar con la pierna. Estos días como se valoran como moderados o grave, con si estuviera en el hospital, porque hago la misma vida. Graciad

    Responder
    • El Rincón Juridico dice

      12/10/2022 en 17:45

      Hola,
      Se valorarán como moderados. Los días se valoran como graves si permaneces hospitalizado sino serán moderados.
      Saludos

      Responder
  11. Manolo dice

    14/08/2022 en 07:21

    Buenos días,hace una semana tuve un accidente con el camión de reparto con otro camión q invadió mi carril.Partiendo mi espejo retrovisor y partiendo los cristales en mi cara.Me tuvieron q poner 5 puntos de sutura debajo del parpado.Cuanto me pueden indemnizar aproximadamente. Gracias.

    Responder
    • El Rincón Juridico dice

      12/10/2022 en 20:45

      Hola,
      Pues depende de los días que haya tardado en curar la lesión y si has estado o no de baja médica. Me falta más información para saber más o menos cuánto te podrías indemnizar
      Saludos

      Responder
      • Alberto dice

        16/11/2022 en 17:18

        Hola, tube un accidente de tráfico y me golpee la rodilla con el salpicadero, no cogí baja, ya que me reubicaron en la empresa en un puesto más liviano,llevo 18 sesiones de rehabilitación y ya me dan el alta, en total ha transcurrido desde el 28 de septiembre al 16 de noviembre, cuanto creen que me podría indemnizar.

        Responder
        • El Rincón Juridico dice

          05/12/2022 en 19:50

          Hola,
          Pues depende si la compañía solo tiene en cuenta los días de rehabilitación, es decir, las 18 sesiones o todo el periodo de tiempo desde que se produjo el accidente. Al ser días sin bajas, hablarías de 30 euros por día.
          Saludos

          Responder
  12. Maria dice

    01/04/2022 en 16:50

    Hola. Tuve un accidente, golpe lateral, iba como ocupante. Me han diagnosticado latigazo cervical y 15 días de rehabilitación. Que indemnización me correspondería?
    Saludos

    Responder
    • El Rincón Jurídico dice

      14/04/2022 en 21:14

      Hola,
      Pues depende. Hasta que no termines la rehabilitación, no se puede saber al 100% porque hay que saber si te quedan o no secuelas. Por ejemplo, si estás de baja laboral serían 52 euros por día. Si no estás de baja, los días de rehabilitación se pagan a 30 euros. Normalmente las indemnizaciones en estos casos van de los 2.000 euros hasta los 6.000 ó más dependiendo de la gravedad.
      Un saludo

      Responder
  13. Marta Funes dice

    24/09/2020 en 19:59

    Tuve un accidente de trafico hara unas tres semanas con mi pareja. Estabamos parados en un semaforo y el coche de atras arranco pensando que se ponia en verde, ya que los de nuestra izquierda estaban circulando porque el semaforo se ponia antes que el nuestro, ya que nuestro carril obligaba a la derecha.
    El chico asumio su culpa, ya que nos dio bastante fuerte porque no miro bien y acelero.
    Hicimos parte amistoso, en el cual tuvimos que rellenar gran parte en casa por los nervios, ya que tambien estaba el perro en el maletero y el cual nos hizo sentirnos menos conscientes del impacto.
    Al cabo de una hora y media empezamos a sentir dolor en la lumbar y decidimos ir a urgencias, donde nos pusieron en el parte medico que teníamos contusión dorsal dcha y lumbar.
    Con todo esto no podiamos ir a trabajar al dia siguiente, y tuvimos que avisar a nuestros trabajos de lo ocurrido. En el caso de mi pareja se cogio la baja porque esta fijo en su empresa, pero en mi caso, estaba de ett, y habia firmado un contrato el viernes pasado ( el accidente fue en domingo) de una semana prorrogable, el cual se anulo, porque no podia asistir a mi puesto.
    Mi pregunta es, podria pedir daños y perjuicios a la aseguradora, por perder el puesto de trabajo el cual llevaba 3 meses prorrogables siempre cada semana? Y que tipo de indemnizacion me pondran, basica o moderada?porque no puedo practicar deporte del cual lo hacia dos dias por semana y que aun sigo pagando. Estamos con rehabilitacion y llevamos 10 sesiones ya pero nos han aconsejado que nos demos mas.

    Responder
  14. Emma Pardo dice

    30/12/2019 en 23:30

    Buenas noches.
    He estado un tiempo de baja laboral por una fractura de peroné.Acabo de cojer el alta y esto disfrutando de las vacaciones que tengo pendientes desde el verano y que acabo el tres de febrero .Estando hoy parados en un semàforo me han dado un golpe por detras un coche que se ha despitado.He Ido al hospital porque me dolian las cervicales y me han hecho informe especificando cervicàlgia por accidente de trafico.No quiero volver a cojerme la baja porque vuelvo de una baja larga y espero recuperarme en el periodo vacacional que me queda.Como debo proceder?si no cojo la baja tengo derecho a indemnizacion igualmente ?Muchas gracias por si Atención

    Responder
  15. kiko dice

    16/09/2019 en 16:54

    Hola.
    E tenido un accidente de trafico y hago cada segundo dia la rehabilitacion porque estoi bastante dolorido.
    Quisiera preguntarles si los dias que no voi a Rehabilitacion se cobran o no. Asi como los Sabados Y Domingos.

    Reciban un cordial saludo y gracias por su atencion.

    Responder
    • El Rincón Jurídico dice

      26/09/2019 en 19:28

      Hola,

      Tras un accidente de tráfico, la indemnización por las lesiones temporales que nos ha causado, se asigna un valor por cada uno de los días que dura el proceso de curación. El proceso de curación tiene en cuenta tanto los fines de semana como aquellos días que no vas a rehabilitación.
      El tiempo de curación engloba todo.

      Un saludo

      Responder

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