• Ir a navegación principal
  • Ir al contenido principal
  • Ir a la barra lateral primaria
  • Ir al pie de página

El Rincón Jurídico

  • Blog
  • Quiénes somos
  • Contactar

La prestación por maternidad tributa

prestación por maternidad tributa

En el post «la prestación por maternidad exenta de IRPF» analizamos una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que intepretaba el artículo 7.h) de la Ley 35/2006 de forma contraria al criterio seguido por la Agencia Tributaria.

Argumentando que la prestación por maternidad estaba incluida en los supuestos de rentas exentas y por tanto, no tiene que tributar.

El pasado 27 de octubre de 2016 el Tribunal Superior de Andalucía dictó una sentencia oponiéndose al criterio adoptado por el TSJ de Madrid, entendiendo que la prestación por maternidad tributa.

Ambos tribunales (TSJ de Madrid y TSJ de Andalucía) interpretan de forma distinta el artículo 7.h) de la Ley del IRPF.

Argumentos del TSJ de Andalucía

Historia del caso

Se presenta recurso contencioso-administrativo en relación con una liquidación y sanción tributaria. La recurrente alega que la prestación por maternidad se encuentra exenta del impuesto.

El Tribunal en su Fundamento de Derecho tercero razona que este tipo de prestación no se encuentra dentro de los supuestos de exención del artículo 7.h) de la Ley 35/2006. Siguiendo el criterio de la Agencia Tributaria solo están exentas las prestaciones autonómicas y locales.

Hace una interpretación literal de la norma y recuerda que la Ley General Tributaria no admite analogías para extender el efecto de las exenciones a otros casos. El legislador da un tratamiento desigual entre las prestaciones estatales y las autonómicas y locales. Ha limitado la exención solo a estas últimas y ha sometido al impuesto a aquellas que con carácter general el sistema de Seguridad Social reconoce a favor de los trabajadores y empleados públicos.

Fallo de la sentencia

El TSJ de Andalucía desestima el recurso contencioso-administrativo, entendiendo que no hay razón para contrariar el criterio seguido por las resoluciones impugnadas.

Sentencias contradictorias

El TSJ de Andalucía adopta un criterio y el TSJ de Madrid otro totalmente opuesto ¿qué ocurre ahora?

Ambas sentencias se limitan al caso concreto, no tienen efectos generales ni se extienden a otros supuestos. No genera jurisprudencia ni obliga a cambiar el criterio seguido por la Agencia Tributaria.

Estos dos casos no serán los únicos, habrá más. Los tribunales adoptarán un criterio u otro hasta que finalmente llegue al Tribunal Supremo  y nos sacará de dudas sobre si la prestación por maternidad tributa o no.

Interacciones con los lectores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Barra lateral primaria

Compartir

  • Correo electrónico
  • Facebook
  • LinkedIn
  • Twitter

Categorías

Entradas recientes

  • Los desafíos jurídicos de la movilidad internacional en Europa
  • ¿Qué pasa si me deniegan la incapacidad?
  • La nueva cotización adicional de solidaridad
  • Cuestiones a tener en cuenta antes registrar una marca en España

Etiquetas

abogados contrato de trabajo demanda derecho despido Impuestos indemnización inocente legal marketing oposiciones prueba reclamación seguridad social tasas trabajador

Seriedad y profesionalidad

Nuestro blog está elaborado por expertos en Derecho
y su contenido es veraz e imparcial.

Footer

Legal

  • Política de cookies
  • Aviso legal
  • Política de privacidad

Mapa del sitio

  • Inicio
  • Blog
  • Contacto

Nosotros

  • Quiénes somos
  • 📍Salamanca, España
Actividad Subvencionada por la Orden de 22 de octubre de 2021, de la Consejería de Empleo e Industria de la Junta de Castilla y León.

© El rincón jurídico • Todos los derechos reservados